Paso 01 · El punto de partida
Los muebles también se heredan
Saber qué hacer con los muebles de una casa heredada empieza por una sorpresa: no son tuyos por el hecho de que la casa lo sea.
Todo lo que hay dentro entra en el caudal hereditario y forma parte de la masa hereditaria. La vajilla buena, el aparador, la cómoda cerrada desde hace veinte años. Eso es el ajuar doméstico, y tiene una frontera que conviene fijar el primer día.
Paso 02 · El calendario manda
La pinza de los seis meses
Aquí está el nudo, y es lo que ninguna guía termina de contar.
El plazo del impuesto de sucesiones en Andalucía son seis meses desde el fallecimiento, y muchas familias necesitan vender la vivienda justo para poder pagarlo. Pero hasta que no se firma la partición de la herencia, los bienes siguen siendo de todos. Prisa por vaciar y prohibición de repartir, a la vez.

Paso 03 · El método
Tres montones y se acabó la discusión
El reparto de muebles entre herederos se atasca siempre igual: todos dentro de la casa, el mismo día, decidiéndolo todo de una sentada.
Funciona mejor al revés. Primero el inventario de bienes de una herencia, con fotos fechadas de cada habitación antes de mover nada. Si toca embalar en verano, ojo con lo que le hace el calor a la cinta y al cartón. Después, tres montones.
Si dos personas quieren lo mismo, la fórmula antigua sigue ganando: los lotes y sorteo entre herederos. Suena a rifa de feria, pero elimina lo único que envenena un reparto, que es la sospecha de que alguien eligió primero. Cerrado el acuerdo, cada adjudicación se recoge en el cuaderno particional.
Paso 04 · La pausa
El montón que nadie quiere decidir todavía
Decidir sobre ese montón en el mes dos es garantía de arrepentimiento en el mes diez. De un contenedor no se vuelve.
Por eso existe la opción de guardar muebles temporalmente: permite vender la vivienda dentro del plazo fiscal sin que nada quede repartido, y saca la discusión de la casa familiar, donde cada rincón empuja a alguien a sentirse con más derecho que los demás.
La custodia temporal se factura por volumen y por meses, así que conviene calcular las dos cosas antes de llamar: cuántos metros cúbicos salen de la casa y cuántos meses vais a necesitar. Si os preguntáis dónde guardar los muebles mientras se resuelve la herencia, hace falta acceso controlado, inventario de entrada y humedad estable: lo resolvemos con nuestro guardamuebles en Córdoba, con recogida en la vivienda.

Paso 05 · Cuando no hay acuerdo
Nadie es dueño del dormitorio principal
En una casa heredada entre hermanos lo normal es el proindiviso: todos son cotitulares de todo, mesa camilla incluida.
De ahí sale una pregunta que se busca mucho más de lo que se dice en voz alta: si vivo allí, me pueden echar mis hermanos. Ningún cotitular puede expulsar a otro por su cuenta, pero cualquiera puede pedir la división de la cosa común al amparo del Código Civil, y eso acaba con frecuencia en venta. La pregunta de quién decide tiene siempre la misma respuesta mientras la herencia siga indivisa: todos juntos, o nadie.
Paso 06 · El destino final
Tasar, donar o descartar
Llega el día de vaciar el montón tres. Tres destinos posibles y un criterio para cada uno.
Paso 07 · Las dudas de siempre
Doce preguntas frecuentes
01
¿Se heredan los muebles junto con la casa?
Sí. Al aceptar una herencia se aceptan todos los bienes del fallecido, y lo que hay dentro de la vivienda forma parte del caudal hereditario igual que el inmueble. El mobiliario debe inventariarse y repartirse, aunque en la práctica suele pactarse que se lo quede quien recibe la vivienda. Ese pacto es válido, pero conviene dejarlo por escrito.
02
¿Qué es el ajuar doméstico y cómo se valora?
Es el conjunto de bienes muebles de uso personal o familiar de la vivienda: mobiliario, ropa, vajilla, electrodomésticos y utensilios. Quedan fuera las joyas y los objetos artísticos de valor extraordinario, que se valoran aparte. A efectos fiscales la Administración presume un valor equivalente a un porcentaje del total de la herencia, habitualmente el 3 %, salvo justificación mediante tasación.
03
¿Se pueden vender los muebles antes de repartir la herencia?
No de forma unilateral. Mientras no se formalice la partición los bienes pertenecen en común a todos los herederos, así que ninguno puede vender por su cuenta. Sí es posible acordar entre todos una venta anticipada y repartir después el importe, siempre que quede documentado. Vender sin ese acuerdo expone a reclamaciones posteriores.
04
¿Qué plazo hay para el impuesto de sucesiones en Andalucía?
Seis meses contados desde la fecha del fallecimiento. En ese plazo debe presentarse la autoliquidación ante la Agencia Tributaria de Andalucía. Hacerlo fuera de plazo genera recargos que aumentan con el tiempo transcurrido, y la situación empeora bastante si la Administración requiere antes de que el heredero actúe por iniciativa propia.
05
¿Cómo se pide la prórroga de seis meses?
Con el modelo 659 de la Junta de Andalucía, presentado dentro de los cinco primeros meses del plazo. Debe incluir nombres y domicilios de los herederos, su parentesco con el fallecido, la situación y valor aproximado de los bienes, los motivos que la justifican y el certificado de defunción. Concedida la prórroga, el plazo se amplía seis meses más y se devengan intereses.
06
¿Qué pasa si los herederos no se ponen de acuerdo?
La herencia permanece indivisa y los bienes siguen siendo comunes. Cualquier heredero puede solicitar la división de la cosa común amparándose en el Código Civil, lo que suele derivar en venta y reparto del importe. Antes de llegar ahí, la mediación y los lotes con sorteo resuelven la mayoría de los desacuerdos sobre mobiliario a un coste muy inferior.
07
¿Se puede vaciar la casa antes de firmar la partición?
Sacar los bienes y custodiarlos no equivale a repartirlos, así que es posible siempre que todos los herederos estén informados y de acuerdo y exista un inventario previo. Lo que no puede hacerse es adjudicar, vender o destruir nada antes de la partición. Trasladar a un espacio neutro con inventario de entrada es justamente la forma de vaciar sin decidir.
08
¿Cuánto tiempo se pueden guardar los muebles?
Lo decide el contrato de custodia, no la ley. Lo útil es dimensionarlo al calendario de la herencia y no al revés: si habéis pedido la prórroga, el horizonte razonable llega hasta el mes doce, y si la partición se firma antes, se cierra antes. Calculad desde la fecha del fallecimiento hacia delante, no desde el día que llamáis.
09
¿Puede un heredero llevarse cosas por su cuenta?
No debería. Hasta la partición todos los bienes son comunes, y retirar objetos sin conocimiento del resto genera desconfianza y posibles reclamaciones. Si alguien necesita llevarse algo con urgencia, lo correcto es anotarlo en el inventario, comunicarlo por escrito a los demás herederos y descontarlo después de su lote en el reparto definitivo.
10
¿Merece la pena tasar los muebles antiguos?
Para el mobiliario corriente rara vez compensa, porque el mercado de segunda mano de muebles voluminosos está saturado. Sí conviene cuando aparecen piezas firmadas, relojes, porcelana marcada, alfombras antiguas o cuadros con procedencia documentada. Una tasación profesional sirve además para justificar ante Hacienda un valor del ajuar distinto del presumido.
11
¿Qué hago con lo que no quiere nadie?
Lo que esté en buen estado puede donarse a entidades sociales, muchas de las cuales recogen a domicilio si el mobiliario es aprovechable. Lo que no tenga uso se gestiona a través del servicio municipal de recogida de enseres o del punto limpio del municipio correspondiente. Conviene consultar día y condiciones en la web del ayuntamiento, porque depositar enseres fuera del horario señalado es sancionable.
12
¿Quién decide qué se tira?
Todos los herederos de forma conjunta, mientras la herencia siga indivisa. Ninguno puede destruir ni desechar bienes comunes por iniciativa propia, por poco valor que aparenten tener. La fórmula que mejor funciona es acordar el destino en la misma reunión en que se cierra el inventario, dejando constancia escrita de qué se descarta y con qué criterio.



